Un hombre con uniforme militar aparece en primer plano mientras un grupo de jóvenes con guitarras eléctricas está al fondo.
POLÍTICA

El Gobierno de Milei eliminó una regulación estatal de Onganía sobre la cultura

De ahora en más, quien genere un hecho artístico será el beneficiario directo de esa obra, sin intermediarios.

El Gobierno de Javier Milei aprobó modificaciones en el régimen de derechos de autor, estableciendo que los titulares podrán registrarlos a través de una sociedad de gestión colectiva o elegir hacerlo de manera individual.

Estos cambios, que impactan el artículo 32 del Decreto N° 41.223, normativa que reglamenta la Ley N° 11.723 de Propiedad Intelectual, quedaron oficializados mediante el Decreto 138/2025.

Con la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, la medida fue publicada en el Boletín Oficial en la madrugada de hoy.

"El objetivo es eliminar monopolios y habilitar acuerdos particulares, estableciendo reglas de transparencia", expresó Federico Sturzenegger tras conocerse la decisión. "De ahora en más, quien genere un hecho artístico será el beneficiario directo de esa obra, sin intermediarios", resumió el Ministro de Desregulación y Transformación del Estado.

Dos hombres de pie en un entorno decorativo con un busto de mármol y un guardia con uniforme ceremonial.
Javier Milei y Federico Sturzenegger. | La Derecha Diario

Desde este momento, los titulares de derechos podrán afiliarse a una o varias sociedades de gestión colectiva o administrar sus derechos de forma autónoma.

Antes de esta modificación, los autores eran representados exclusivamente por estas entidades, pero la reforma les otorga la opción de prescindir de ellas como titulares directos.

"La representación de un determinado derecho de autor o conexo puede ser llevada adelante en forma simultánea por más de UNA (1) sociedad de gestión colectiva", señala el artículo 1° del decreto, agregando que "en ningún caso se podrá limitar la facultad de los titulares de derechos de administrar sus obras de forma individual".

El decreto

Según el decreto, las sociedades de gestión colectiva deberán reorganizarse como asociaciones civiles y necesitarán la autorización de la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA), organismo que depende del Ministerio de Justicia, para operar legalmente. Además, estas entidades estarán sujetas a control estatal y no podrán participar en actividades políticas ni religiosas.

Uno de los cambios más relevantes en la actualización del régimen de derechos de autor es la prohibición para estas sociedades de gestionar obras cuyos titulares opten por registrarlas de manera individual.

Un hombre calvo en traje oscuro y corbata clara está sentado pensativo con la mano en el mentón frente a un micrófono.
Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado. | La Derecha Diario

"Los representados podrán hacer acuerdos particulares, debiendo comunicar dicha circunstancia en forma fehaciente a la sociedad de gestión colectiva a la que hayan otorgado consentimiento para que gestione sus derechos, sin que esta última pueda oponerse a dichos acuerdos", establece el artículo 4 del decreto.

En lo que respecta a la distribución de los ingresos, se fijó un límite del 30% sobre lo recaudado para cubrir los gastos administrativos. También se determinó que los aranceles deberán establecerse bajo criterios de equidad y en función del uso real de las obras, mientras que el pago a los titulares deberá efectuarse en un plazo máximo de 60 días.

Asimismo, se estableció que, si transcurrido el tiempo estipulado los titulares no perciben sus ingresos, estos deberán ser redistribuidos entre los demás representados. En el caso de autores o entidades extranjeras, la distribución se realizará conforme a los principios de reciprocidad y trato nacional.

Para calcular los aranceles, el Gobierno estableció que deberán considerarse diversos factores, como la duración, alcance y uso efectivo de los derechos de autor dentro de la actividad económica, el tipo de actividad y la categoría del usuario, los ingresos generados por los usuarios, las tarifas acordadas en sectores similares y el impacto de los aranceles acumulados sobre la estructura de costos.

En este sentido, el Ministerio de Justicia podrá intervenir en disputas sobre aranceles y fijar montos máximos para evitar distorsiones en los costos de los usuarios. Si una sociedad incumple con sus responsabilidades, se le otorgará un plazo de 90 días para regularizar la situación, bajo riesgo de suspensión o revocación de su autorización.

Un hombre con barba y traje oscuro está de pie frente a un edificio de color rosa.
Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado. | La Derecha Diario

Para garantizar la adaptación a la nueva normativa, las sociedades deberán publicar anualmente en línea su balance general, convenios con entidades extranjeras, tarifas y mecanismos de distribución. También se les prohíbe acumular fondos sin repartir: si en un plazo de cuatro meses no se identifica al beneficiario, los fondos deberán redistribuirse entre los titulares representados.

"De este modo, se libera a la cultura argentina del sistema de control estatal instaurado por el régimen de facto del presidente Juan Carlos Onganía hace 50 años y que hasta la llegada del presidente Javier Milei nadie eliminó", afirmó Federico Sturzenegger en su cuenta de X.

Anteriormente, el Gobierno de Milei ya había puesto fin al monopolio del Centro de Administración de Derechos Reprográficos (CADRA), que desde la gestión kirchnerista de Alberto Fernández tenía exclusividad en la regulación de derechos de autor.

Esta entidad no solo recaudaba y negociaba los derechos de reproducción de obras nacionales, sino que también permitía a centros de copiado, universidades y empresas distribuir el material entre estudiantes.

A partir de ahora, la supervisión del cumplimiento de la normativa recaerá en la Dirección Nacional del Derecho de Autor, que forma parte de la Subsecretaría de Asuntos Registrales del Ministerio de Justicia. No obstante, su rol se limitará a autorizar o rechazar las solicitudes que se presenten.

Para garantizar que los cambios entren en vigor lo antes posible, el decreto establece que las sociedades de gestión colectiva tienen 180 días para adecuar sus estatutos y un plazo de un año para obtener el consentimiento explícito de los titulares de derechos a fin de continuar representándolos.

Sin embargo, el documento excluye a la Sociedad General de Autores de la Argentina (ARGENTORES) y a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC) del cumplimiento de los artículos 1°, 2°, 4°, 5°, 13° y 14°.

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